Angel Latorre
¿Qué es el derecho?
En toda la ida
cotidiana nos encontramos con situaciones jurídicas: Ej. subirse a un bus,
comprar un helado, nos quitan la cartera. Podemos exigir conductas o nos pueden
exigir conductas.
Si puedo exigir o me
pueden exigir es porque hay normas.
La norma es el
soporte jurídico de los hechos.
Hay normas que son
jurídicas y otras que no son jurídicas.
Las normas jurídicas
son aquellas que se pueden imponer por medio de la autoridad (tribunales y
policía) (obligatorias): coactivas.
Otras normas como las
morales y de trato social no se imponen por la fuerza.
El derecho es un
Estado moderno es el conjunto de normas de conducta obligatorias establecidas o
autorizadas por el Estado mismo y respaldas por su poder. (derecho objetivo)
Normas
jurídicas
Las que impone el
Estado.
Clases
de normas jurídicas
a) Son órdenes o prohibiciones. Una norma ordena y
amenaza
b) También hay normas que autorizan o dan poderes.
(derechos subjetivos). Se basa en el derecho objetivo. Ej. contrato, testamento.
Deseos y fines prácticos de las personas.
El
Estado moderno
El Estado es una
comunidad social, asentada en un territorio, dotada de una organización
(gobierno) (TRES ELEMENTOS DEL ESTADO). Es un poder originario: no se deriva de
otro.
Elemento fundamental:
poder. Se ejerce por medio de sus órganos. Estos dan unidad y continuidad a la
comunidad. Los cambios de gobierno o de personas no alteran la continuidad del
Estado. Es una comunidad políticas. Es una sociedad jurídicamente organizada.
El Estado crea
derecho. Las normas también son permanentes, pues están por encima de los
hombres. Pueden cambiar, pero las cambian los órganos. Siguen aunque los
hombres cambien.
El Estado tiene el
MONOPOLIO para crear derecho. Solo un derecho (un sistema jurídico) puede haber en un Estado. Aun la costumbre:
debe ser reconocida por el Estado.
El Estado respalda el
derecho con la fuerza. (tribunales y policía)
Síntesis: el Estado crea el derecho, lo aplica y lo impone por la fuerza.
Normas
jurídicas y otras reglas de conducta
La norma jurídica la
crea, modifica, deroga e impone el Estado
Usos
sociales.
Prácticas sociales
admitidas por la comunidad. Ej: formas de vestir, formas de comportarse con los
demás. Normas de urbanidad. Como toda norma aparece y desaparece: por ej. hoy
el duelo o desafío ha desaparecido. U uso puede llegar a convertirse en norma
jurídica (necesita acto legislativo, o reconocimiento judicial): Ej. propina.
Son impuestos por
presión social: expulsión del grupo, aislamiento, reprobación o descalificación
social (pero no por el Estado). Pueden reforzar o debilitar el cumplimiento de
las normas jurídicas. (Ej, puntualidad)
Normas
morales
Supone conciencia de
un deber. Puede llevar también reproche social o sentimiento de culpabilidad.
Pueden haber normas simultáneamente jurídica y morales.
El Derecho es para
garantizar el orden social e interesan las conductas que afectan ese orden.
Mientras no afecten la normas jurídicas, el Estado no se mete. Codiciar los
bienes ajenos es inmoral, mientras no robemos el Estado no se mete.
En un Estado solo
puede haber un derecho, pero pueden coexistir diferentes sistemas morales.
Cada sistema jurídico
se basa en una determinada concepción moral, pues el derecho realiza valores.
La sanción jurídica y
la sanción moral se mueven en planos diferentes. Derecho y moral se imponen de
distinta manera, aunque ambos educan.
Normas religiosas
El Estado se ha
secularizado, por eso las normas jurídicas y las religiosas que primitivamente
se identificaban (Moisés), hoy andan por diferentes lados, salvo en los Estados
confesionales. El derecho canónico rige la organización católica, pero es
jurídicamente irrelevantes.
El Derecho
Internacional
Rige la comunidad
internacional. ONU: casi todos los países. Tribunal Internacional de Justicia.
La comunidad se compone de Estados soberanos (soberanía: poder del Estado de
dictar órdenes no condicionadas y el derecho de no recibirlas de nadie.
La ONU no es un superestado
sino un organismo de coordinación. El Tribunal solo opera con los Estados se
someten a su jurisdicción
Hay también normas de
cortesía internacional: principio de reciprocidad, por ejemplo. A veces se
hacen analogías entre el derecho internacional y el nacional (ej. procesales).
Las normas internacionales suelen tener problemas de eficacia.
El recurso de la
fuerza sigue siendo la ultima ratio en las relaciones internacionales.
El concepto general
de derecho
Es un conjunto de
fenómenos sociales con elementos
comunes: son normas de conducta obligatorias en una comunidad y
respaldas por un mecanismo de coacción socialmente organizado.
No siempre es fácil
determinar cuales normas son jurídicas. En todo aso es un concepto histórico.
No hay comentarios:
Publicar un comentario